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A partir del próximo mes de septiembre 2010, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña, AGIP, obligará a los sitios de subastas online a practicar una percepción de hasta 3% en Ingresos Brutos sobre las ventas y servicios realizados. La reglamentación se realizó mediante la Resolución Nº 2.133/2010 que pretende ponerle un punto final a la evasión en el comercio electrónico. El fisco porteño ya ajusto las pautas del Régimen que obliga a los propietarios de los sitios de ventas en Internet a practicarles una percepción de hasta un 3% sobre los Ingresos Brutos sobre cualquier tipo de operación que se realizadas por esos sitios online. La reglamentación establece realizar pagos a cuenta sobre las ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios que se hagan a través de portales de comercio electrónico, a:
- Sujetos que revisten la calidad de responsables en Ingresos Brutos, sean contribuyentes locales o encuadrados en Convenio Multilateral.
- Vendedores que no acrediten su condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y realicen operaciones reiteradas en los denominados portales de subastas online.
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ACERCA DEL PROGRAMA
¿Qué es BA Emprende?: Es un programa de asistencia financiera que fomenta la creación y desarrollo de nuevos emprendimientos productivos de características innovadoras.
¿De qué organismo depende?: De la Subsecretaria de Desarrollo Económico de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (SSDE)
¿Qué proyectos pueden participar?:
Aquellos cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de hasta 24 meses de antigüedad en el emprendimiento
Que estén localizados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el titular del proyecto esté encuadrado dentro de la categoría de micro, pequeña y mediana empresa.
¿Qué obtendrán los proyectos ganadores?: Percibirán un Subsidio (aporte no reembolsable) por un valor máximo de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) representando un 40% del monto total del proyecto (el restante 60% corresponde a la contrapartida a cargo del emprendedor). Asimismo, recibirán asistencia técnica por parte de la entidad patrocinante –en este caso, el IECyT- por un periodo de hasta 12 meses.
Los proyectos serán recibidos por el ECyTa través del formulario online hasta el día 1º de Septiembre de 2010.
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La Dirección de Rentas porteña dictó la Resolución 2.821/2010 regulando las formalidades, plazos y condiciones para que los contribuyentes en mora por obligaciones vencidas hasta el 31/12/09 puedan adherirse al régimen extraordinario que rige desde el 20/7/2010 hasta el 21/9/2010.
El plan prevé una quita de intereses en función del monto del anticipo pagado al contado:
- Si se cancela un 20%, existe un descuento de todos los intereses.
- Si se cancela un 15%, se descontará un 75 %.
- Si se cancela un 10%, se descontará un 50 %.
- Si se cancela un 5%, se descontará un 25 %.
Con respecto a la caducidad del plan, esta se producirá con el atraso en más de 60 días corridos en el pago de una de las cuotas. |
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La AFIP mediante normativa que dará a conocer en los próximos días, prepara un nuevo control desde septiembre 2010 para los monotributistas que superen los $144.000 anuales mediante la presentación de una declaración jurada informativa en la cual tendrá que consignar el consumo de energía eléctrica y los alquileres afectados a la actividad cancelada durante el período. El primer vencimiento estará pautado para el próximo 20 de septiembre respecto de los dos primeros cuatrimestres del año. La nueva obligación se cumplirá junto con la correspondiente recategorización cuatrimestral de los pequeños contribuyentes. La misma apunta a una mayor fiscalización de estos contribuyentes a fin de poder determinar su correcto encuadramiento en el régimen o su eventual exclusión. La AFIP incluso, ante un cruzamiento de datos, podrá pedir información a terceros, como por ejemplo la empresa proveedora del servicio eléctrico o el locador del inmueble. |
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Las pequeñas y medianas empresas podrán aspirar a obtener créditos para capital de trabajo e inversiones con una tasa subsidiada del 10% anual, un porcentaje varios puntos por debajo de los que se ofrecen hoy en el mercado.
En total, se repartirán créditos por 200 millones de pesos a través de 23 bancos públicos y privados. El Gobierno abrió ayer los sobres de la licitación que determinó qué cupo de financiamiento podrá otorgar cada entidad.
La tasa nominal anual para las pymes tomadoras del crédito será del 10% en todos los casos (el costo financiero total variará de acuerdo con las condiciones crediticias del solicitante). El máximo por empresa es de $ 300.000 para capital de trabajo y $ 500.000 para inversiones productivas.
"En general, estos créditos se otorgan. Si no se lo hace en un lapso determinado, los bancos recibimos un castigo", dijo un funcionario de uno de los bancos que ayer obtuvieron un cupo mayor.
Los bancos que se adjudicaron un tramo mayor (equivalente a $ 23.250.000) fueron el Patagonia, el Provincia, el Credicoop, el Galicia, el BBVA Francés y el Santander Río.. En segundo lugar (con la mitad del cupo) se ubicaron el estatal BICE y el Macro. Otras 15 entidades -entre ellas, el Banco Nación- se ubicaron en un tercer pelotón, con montos que promedian los 2,5 millones de pesos.
Oliver Galak LA NACION - 28/07/10
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En los últimos cuatro años, las tierras de San Luis dieron fuertes señales de su potencial. Los ensayos realizados ya dieron sus primeros resultados con la uva de mesa Red Globe, una variedad con demanda insatisfecha y que en esta zona se logró con mejor coloración y azucares que la mendocina o sanjuanina. Esto, simplemente como muestra de alguna de las posibilidades que brinda la tierra puntana. La ley frutícola de San Luis contempla un subsidio en efectivo que cubrirá desde el 20% y hasta el 80% del monto invertido, a los dos años de la implantación efectivamente realizada y lograda. Los factores que se toman en cuenta para determinar esa inversión son la sistematiza¬ción y preparación del terreno; costo de plantas, porta injertos e injertos; densidad de planta¬ción; costos de podas de for¬mación; actividades y labores técnicas y culturales a realizar. No se computará el valor de la tierra, ni el precio de arrenda¬miento o su equivalente, ni el desmonte. Contempla asesoramiento de procesos productivos y de mercado a través de cursos, talleres de trabajo, rondas de negocios y jornadas de capa¬citación, que serán obligato¬rios para los beneficiarios y profesionales. Para que el beneficio sea aprobado, la plantación logra¬da no deberá presentar fallas superiores al 20% cuando se cumpla el segundo año de ini¬ciado el cultivo, momento en que tendrá lugar la certifica¬ción del cumplimiento de las obligaciones del beneficiario. Contáctenos para desarrollar su proyecto. |
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A través de la resolución 1/2010 (BO 19/07/2010) la Inspección General de Justicia establece la obligación de presentar una declaración jurada de actualización de datos para todas las sociedades. La misma deberá presentarse de acuerdo al siguiente cronograma: Asociaciones civiles y fundaciones: a partir del 2/8/2010 y hasta el 1/10/2010. Sociedades binacionales y entidades extranjeras: a partir del 6/9/2010 y hasta el 5/11/2010. Sociedades comerciales: a partir del 4/10/2010 y hasta el 3/12/2010. La información a consignar, deberá presentarse con firma del representante legal de la entidad certificada notarialmente. Entre otros datos se debe incluir:: - la sede social efectiva, - autoridades vigentes, - el último estado contable presentado ante la IGJ -en caso de corresponder-, - la última tasa abonada, - constancia de estado de deuda, - CUIT, - si se encuentra comprendida en el artículo 299 de la ley 19550. |
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A través de la R.G. 2865 la AFIP obliga a partir del 01/10/2010 a los exportadores a emitir factura electrónica a los destinos de Tierra del Fuego.
Los comprobantes incluidos son las facturas, las notas de crédito y notas de debito “E”.
Para poder emitir estos comprobantes los exportadores primero deben dar de alta un punto de venta, que será el siguiente al existente, en el servicio que funciona bajo clave fiscal denominado “Registro REAR/RECE/RFI”. Luego a través del servicio que funciona bajo clave fiscal denominado “Comprobantes en Línea” se completa un formulario que contiene los datos de la factura, posteriormente se envía electrónicamente esta información, a los segundos el sistema genera la factura en formato PDF con su correspondiente CAE (código de autorización electrónica). |
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Es de conocimiento publico que por estos días la AFIP esta realizando amplios operativos para detectar monotributistas mal encuadrados. Es por ello que por medio de la R.G. 2847 la AFIP establece los procedimientos para los casos de exclusión de pleno derecho y las recategorizaciones de oficio del citado régimen. En el caso de exclusión de pleno derecho, el inspector actuante notificará al contribuyente tal circunstancia y pondrá a su disposición los elementos que así lo acreditan. Este podrá en el mismo acto o dentro de los 10 días posteriores a dicha notificación, presentar formalmente su descargo indicando los fundamentos que lo avalen. El juez administrativo interviniente dictará resolución declarando perfeccionada la exclusión dando de alta de oficio en el régimen general o, en su caso, el archivo de las actuaciones. Para el caso de la recategorización de oficio, el inspector le indicará la categoría que le corresponde al contribuyente, juntamente con la liquidación de la deuda en concepto de diferencias de impuesto integrado con más sus accesorios. Asimismo, le informará la sanción aplicable y que, si acepta la liquidación practicada y se recategoriza voluntariamente, quedará eximido de la misma. En este caso el contribuyente podrá, en el mismo acto o dentro de los 10 días posteriores a dicha notificación, presentar formalmente su descargo indicando los elementos de juicio que hacen a su derecho. El juez administrativo interviniente dictará resolución ratificando o rectificando la recategorización, haciéndole saber que, en caso de corresponder nueva categoría, si la acepta dentro del plazo de 15 días, la sanción quedará reducida a la mitad. |
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Tuvimos el agrado de participar en la Exposición Pyme San Martín 2009, donde entre otros eventos realizados, profesionales especializados de nuestro staff dictaron una conferencia. El titulo fue” Como satisfacer las necesidades actuales de las pymes” tema muy interesante para todos; el propósito de la misma fue colaborar con la gran cantidad de empresas que se reunieron en esta oportunidad, trasmitiéndoles información muy beneficiosa para ellos. Estuvo a cargo de la Dra. Ana L. Esquivel, Lic. Adriana Boccazzi y la Dra. Celina Boccazzi, directora y fundadora de Consupyme.

¡Nos vemos en la próxima edición! |
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Por quinta edición consecutiva, el 21 y 22 de octubre próximo el Paraninfo será sede de una nueva Jornada de Jóvenes Emprendedores. Organizada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL, a través de la Secretaría de Vinculación Tecnológica y Desarrollo Productivo, la actividad también será ocasión para la concreción de la I Jornada Latinoamericana que cuenta con el respaldo de la Asociación de Universidades Grupo Montevideo (AUGM).
Por ello, está abierta la convocatoria para la presentación de trabajos hasta el 30 de junio. El objetivo principal es la concreción de un encuentro con preponderancia en los integrantes de las universidades del Grupo Montevideo, que realicen presentación de ideas/proyectos y planes de negocios tendientes a propiciar la cultura emprendedora; generar emprendimientos creadores de empleo; y brindar un espacio de vinculación entre los emprendedores y las fuentes de promoción y financiación.
Se promueve un espacio de encuentro en el que los alumnos, graduados y emprendedores cuentan con la posibilidad de mostrar sus ideas, exponer sus proyectos y presentar sus experiencias ante instituciones, organismos oficiales y empresarios de la región.
Con tales fines, la convocatoria está pensada para estudiantes, graduados y docentes de la UNL, AUGM y universidades latinoamericanas; incubados en IDEAR, PTLC y otras incubadoras de empresas de Latinoamérica.
En esta oportunidad podrán presentarse trabajos para dos categorías: Ideas/Proyectos y Planes de negocios, de acuerdo al estado de desarrollo y planificación de los mismos.
Las bases de la convocatoria y los formularios para la presentación de trabajos están disponibles en: www.unl.edu.ar/emprendedores. Los mismos deberán ser enviados en formato digital a emprendedores@unl.edu.ar, hasta el 30 de junio.
Los interesados en obtener más información podrán remitir sus consultas al Programa Emprendedores de la UNL (0342) 457 5126 o acercarse a los gabinetes para Emprendedores de cada facultad.
Fuente: www.unl.edu.ar/noticias |
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Por Resolución (AGIP) Nº 59/10 (B.O.: 17/02/10) se dispuso excluir del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos porteño, a los contribuyentes que desarrollan las siguientes actividades, que por sus características se presume que exceden los parámetros establecidos en la ley tarifaria.
a) servicios de playas de estacionamiento y garajes;
b) servicios de prácticas deportivas (clubes, gimnasios, canchas de tenis y paddle, piletas de natación y similares);
c) servicios de alojamiento y/u hospedaje prestados en hoteles, pensiones (excepto en alojamiento por hora);
d) servicios prestados por establecimientos geriátricos y hogares para ancianos;
e) servicios de depósitos y resguardo de cosas muebles;
f) lavaderos de automotores;
Los contribuyentes excluidos que tuvieran número de inscripción anterior en el Régimen General, deberán emplearlo para la liquidación del gravamen. En caso contrario la AGIP procederá a inscribirlos de oficio.
Con vigencia a partir del 1/03/10. |
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Por Resolución (AGIP) N° 67/10 (B.O.: 23/02/10) se estableció la aplicación de un “valor inmobiliario de referencia” de los inmuebles ubicados en la CABA, para la liquidación del impuesto de sellos.
Dicho valor reflejará el valor de dichos inmuebles en el mercado comercial.
La DGR establecerá progresivamente dicho VIR para los distintos barrios porteños, el que se actualizará anualmente.
Se utilizará el valor económico por metro cuadrado, basado en la valuación del terreno según su ubicación geográfica (barrio, subzona barrial) y Distrito de zonificación del Código de Planeamiento Urbano; y del edificio según el valor comercial del metro cuadrado (m2), del destino constructivo correspondiente, afectado por la depreciación.
En los casos de inmuebles afectados al Régimen de Propiedad Horizontal se valúa la totalidad del mismo de acuerdo a los destinos constructivos que posea, aplicando luego el porcentual fiscal para determinar el valor inmobiliario de referencia de cada unidad.
Se tendrán en consideración las siguientes variables: superficie del terreno, superficie cubierta, estado general, antigüedad, categoría según la ley tarifaria, estructuras, obras accesorias e instalaciones del bien, aspectos tales como su ubicación geográfica y entorno, disposición arquitectónica de los materiales utilizados, cercanía con centros comerciales y/o de esparcimiento o con espacios verdes, vías de acceso.
El valor inmobiliario de referencia puede ser consignado en todo documento, informe o formulario que la Dirección General de Rentas expida, en los cuales se describan datos referidos a inmuebles ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, puede ser consultado por los sujetos interesados, en a página Web de la AGIP (www.agip.gob.ar) ingresando el número de partida del inmueble cuyo valor de referencia se consulta.
Cuando el titular o contribuyente del impuesto de sellos estime que el valor de referencia establecido no refleja el real valor económico del bien en el mercado comercial, puede efectuar el reclamo correspondiente.
El valor inmobiliario de referencia se aplica, de corresponder, a los actos, contratos y operaciones instrumentados gravables con el impuesto de sellos.
El importe a retener o percibir es el que corresponda tributar por el acto, contrato u operación, de conformidad con lo establecido en el Código Fiscal. En el caso de actos, contratos y operaciones referidos a bienes inmuebles, a efectos de calcular la base imponible para el pago del impuesto de sellos, el escribano debe verificar el valor inmobiliario de referencia vigente a la fecha de la operación, si lo hubiere, o en caso de reclamo sobre su cuantía, constancia fehaciente emitida por esta Administración. |
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NEGOCIACION CON LAS ENTIDADES FINANCIERAS El organismo tiene depósitos por $10.113 millones. Ofrece estirarlos a dos años. Desde que heredó los fondos que administraban las AFJP, la ANSeS, pasó a manejar una cartera de depósitos a plazo fijo . Ya pasaron diez meses, y los funcionarios que tomaron la posta se limitaron a renovar los certificados: la ANSeS solo se limitó a negociar la tasa de interés y a ampliar los plazos de las colocaciones. Ahora, lo que busca el organismo es fijar algunas condiciones: quiere llevar el plazo de sus depósitos a dos años, a cambio de que los bancos refuercen sus líneas de crédito a la producción y, lógicamente, presten a plazos más extendidos. Hasta ahora eso se hizo parcialmente, a partir de los llamados "depósitos dirigidos". Son $ 1.368 millones que se destinaron a financiar las ventas de autos, computadoras, exportaciones y pymes, entre otras líneas. En el sistema financiero aceptan que hay una discusión en marcha, tanto con los bancos como con las cámaras que representan a las entidades (nacionales, privadas, públicas), pero en algunas entidades advierten que la manera más transparente de lograr el objetivo que persigue la ANSeS es, simplemente, llamar a licitación, como de hecho ya se hizo con una parte de los fondos (los depósitos dirigidos). En fuentes gubernamentales también hay quejas, pero hacia los bancos privados. "El Gobierno lanzó fideicomisos para obra pública y los bancos que tienen depósitos de la ANSeS se hicieron los distraídos y prácticamente no aparecieron a la hora de la licitación". Lo concreto es que la ANSeS se ha convertido en el principal proveedor de dinero del sistema. En lo que va del año aportó cerca de $ 5.800 millones a colocaciones primarias de deuda, entre empresas y fideicomisos del sector público. El Gobierno recibió otros $ 1.287 millones. Desde diciembre, su cartera se valorizó en $ 21.892 millones, sobre todo por la suba de los bonos y las acciones. CLARÍN.COM |EL_PAIS |
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